MTJ Contadores y Asesores Fiscales, S. C.
La principal ventaja del RESICO es una disminución considerable en el pago del Impuesto sobre la Renta, ya que su tasa de ISR va del 1% al 2.5% aplicable a los ingresos facturados y cobrados del mes.
Personas que pueden estar en el RESICO:
-Las que se dediquen a actividades empresariales y profesionales.
-Las que otorguen el uso o goce temporal de bienes.
-Las que tengan ingresos no mayores de tres millones quinientos mil pesos en el año inmediato anterior (antes de IVA).
Personas que no pueden estar en el RESICO:
– Sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas.
– Sean residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país.
– Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
– Perciban los ingresos a que se refieren algunas fracciones del artículo 94 de la LISR.
Obligaciones fiscales:
-Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes.
– Contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activo.
– Contar con comprobantes fiscales digitales por Internet por la totalidad de sus ingresos efectivamente cobrados.
-Obtener y conservar comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen sus gastos e inversiones.
– Expedir y entregar a sus clientes comprobantes fiscales digitales por Internet por las operaciones que realicen con los mismos
– Si pagas salarios deberás retener el impuesto correspondiente, y pagar el impuesto mensualmente junto con la declaración que corresponda.
-Cuando los contribuyentes realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener, como pago mensual, el monto que resulte de aplicar la tasa del 1.25% sobre el monto de los pagos que les efectúen.
-Presentar declaración anual.
En MTJ Contadores ofrecemos soluciones fiscales para tu actividad como RESICO.