certificados digitales
certificados digitales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede restringir el uso temporal de los sellos digitales y posteriormente puede cancelarlos definitivamente.

Si esto ocurriera se pondría en riesgo la viabilidad de tu negocio ya que estarías impedido de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDs) (facturas).

Para evitar que esto pase se deben tomar medidas preventivas, lo cual evitará poner en riesgo tu negocio y será más eficiente en términos económicos ya que para reactivar los sellos digitales se requiere de un procedimiento complicado, laborioso y normalmente caro.

Algunas de las causas por las que el SAT puede restringir y posteriormente cancelar el uso de sellos digitales son:

Declaraciones de impuestos e informativas:

  1. No presentar la declaración anual y/o no presentar dos o más declaraciones provisionales o definitivas consecutivas o no consecutivas.
  2. Errores en las declaraciones anuales y provisionales en cuanto a ingresos y retenciones y que no concuerden con los CFDs de la base de datos del SAT.
  3. No presentar declaraciones requerida por el SAT a través del Buzón Tributario.
  4. No presentar las Declaraciones Informativas de operaciones con Terceros (DIOT).
  5. No efectuar los pagos de impuestos.

Contabilidad:

  1. No llevar contabilidad o llevarla en forma incorrecta.
  2. No cumplir con la obligación de valuación de inventarios.
  3. No enviar al SAT la contabilidad electrónica.

Otros:

  1. No llevar los libros o registros especiales a que obliguen las leyes fiscales.
  2. No asentar o asentar en forma incorrecta en las actas de asamblea y/o libros de socios o accionistas la clave del RFC de cada socio o accionista.
  3. Datos incorrectos del contacto en el buzón tributario.
  4. Domicilio fiscal no localizado, no hacer el cambio de domicilio cuando se requiera.
  5. Utilizar comprobantes fiscales emitidos para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas. Utilizar para efectos fiscales comprobantes apócrifos o de operaciones inexistentes.
  6. No expedir los comprobantes fiscales digitales por operaciones con el público en general.
  7. No informar al SAT de recepción de contra prestaciones en efectivo y oro.

Nos ponemos a tus órdenes para apoyarte a prevenir la posibilidad de que te cancelen tus sellos digitales.

Somos tus aliados para enfrentar tus retos.

CP Martin Torres J

MTJ Contadores y Asesores Fiscales SC

[email protected]

CDMX a 26 de octubre de 2020