MTJ Contadores y Asesores Fiscales, S. C.
Las PYMEs con fines no lucrativos son sociedades de personas en las que los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.
El contrato de sociedad debe inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles para que produzca efectos contra tercero.
Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio.
Algunas personas morales a las que les aplica este régimen son:
-Asociaciones Civiles (AC) y Sociedades Civiles (SC) autorizadas dedicadas a la enseñanza.
-AC y SC donatarias autorizadas.
-Asociaciones de colonos y condóminos.
-Asociaciones deportivas.
Para estar dentro de este régimen se debe cumplir una serie de requisitos y autorizaciones legales, y fiscales de acuerdo al tipo de persona moral de que se trate.
Las personas morales con fines no lucrativos no están sujetas al pago del Impuesto Sobre la Renta.
Principales obligaciones fiscales:
-Llevar contabilidad.
-Generar facturas por los ingresos que recibas.
-Presentar declaración anual a más tardar el 15 de febrero de cada año.
-Emitir a sus integrantes constancias fiscales que indiquen el remanente distribuible.
-Retención de impuestos y emisión de constancias.
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